ACTUALIZACIÓN DEL RUT PARA PENSIONADOS: DIAN ACLARA DUDAS
Mediante una guía, la Dian dio claridad sobre algunas de las dudas frecuentes presentadas por los contribuyentes sobre la actualización de la actividad económica en el RUT para pensionados. Recordemos que el plazo para efectuar dicha actualización será hasta el 30 de junio de 2021. Entre dichas aclaraciones resaltamos:
¿Todos los pensionados del país están obligados a actualizar el RUT?
En relación con el interrogante sobre si todas aquellas personas pensionadas deben o no realizar la actualización del RUT, la Dian fue clara en señalar que dicha actualización solamente debían realizarla los pensionados inscritos en el RUT.
Por tanto, esta actualización aplica para las personas naturales que reciben ingresos provenientes de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes o sobre riesgo laborales, así como también indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.
No obstante, es importante señalar que, en caso de que las personas naturales que no se encuentren inscritas en el RUT decidan efectuar tal inscripción, dado que deben cumplir con alguna de las obligaciones administradas por la Dian, estos deberán registrar como actividad económica el código 0020 – Pensionados, además de señalar la fecha en la que se adquirió la condición de pensionado.
¿Aquellos pensionados que aún perciben ingresos por salarios deben actualizar el RUT?
Los contribuyentes que además de los ingresos por pensiones perciban algún otro tipo de ingreso, como es el caso de los ingresos por concepto de salario, tienen la obligación de informar sus actividades económicas en el RUT, realizando la actualización de la actividad económica 0020. Sin embargo, deberá analizar cuál de las actividades económicas le genera mayores ingresos y así registrarla como principal o secundaria.
Por tanto, si una persona percibe pensiones deberá tener registrada como actividad económica el código 0020, y si, además, percibe salarios, también deberá tener registrado el código 0010.
¿Cómo saber si la Dian actualizó de oficio el RUT?
De acuerdo con la guía publicada por la Dian, la entidad se encuentra analizando los diferentes escenarios sobre los cuales se realizará la actualización de oficio del RUT de los pensionados a partir de la información reportada en la declaración de renta del año gravable 2019.
Tras dicha evaluación, la Dian informará un reporte de la actualización mediante una comunicación por correo electrónico, junto con el archivo PDF del trámite generado. No obstante, si el RUT no fue actualizado directamente por la Dian, es importante realizar la actualización a través de la autogestión por medio de los servicios informáticos de la entidad.
BENEFICIOS TRIBUTARIOS QUE OFRECELA NUEVA NORMATIVA
Bienes relacionados con energías renovables pasaron de excluidos a exentos del IVA. Gobierno autorizará a microempresas y obligadas a llevar contabilidad para que lo hagan de forma simplificada. Se incluyen la inspección tributaria virtual y las visitas administrativas virtuales de inspección.
Con la sanción de la Ley 2069 de 2020 o Ley de emprendimiento, los empresarios nacionales cuentan con una nueva normativa que favorece la creación y consolidación de nuevos emprendimientos en el país. Desde el punto de vista del ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, esta ley es un instrumento clave en la reactivación, que busca disminuir los costos para los emprendedores y microempresarios. “Esta ley impulsará a las MIPYMES y establecerá un marco de regulación que propicie el emprendimiento y crecimiento. Están dadas las condiciones para activar los mecanismos necesarios para que esta ley se convierta en una de las herramientas clave para la recuperación de la economía y la construcción de la nación emprendedora», afirma.
Por su parte, Claudia Marcela Camargo, líder de impuestos de BDO Colombia afirma que los líderes empresariales consideran que las nuevas regulaciones financieras, a raíz del COVID-19, incluyendo posibles cambios impositivos, tendrán un impacto negativo en su rentabilidad en los próximos 12 meses.
«Es por ello que este tipo de iniciativas como la Ley de emprendimiento se convierten en un paso fundamental para que las pequeñas y medianas empresas avancen en su reactivación económica, crucial en este momento de la economía colombiana”, dice.
La Ley de emprendimiento presenta algunos beneficios tributarios respecto a la normativa anterior. BDO Colombia analiza las modificaciones que presenta la ley «Modificaciones en el impuesto de registro». Este impuesto hace referencia a la tarifa que se paga sobre cualquier acto y/o contrato que por ley deba registrarse en la cámara de comercio o en la oficina de registro de instrumentos públicos.
La ley establece una modificación en los rangos de las tarifas fijadas por las asambleas departamentales, a través de las cámaras de comercio, para las microempresas:
- Para los actos que no impliquen la constitución o el incremento de la prima en colocación de acciones, es decir, un superávit de capital, se establece un cobro de entre el 0,3 % y el 0,6 %.
- Para los actos sujetos a registro que impliquen la constitución o el incremento de la prima en colocación de acciones, este será de mínimo el 0,1% y máximo el 0,2%.
De igual manera, se indica que a las microempresas no se les podrán adicionar sobretasas o recargos de ningún tipo a la tarifa legal vigente del impuesto de registro.